PADRÓN |
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Qué es |
Documento
que acredita el empadronamiento de una/s persona en un domicilio, con los
datos que constan en ese momento en el padrón municipal de habitantes. Se
diferencia del volante de empadronamiento en que el documento lleva la firma
de la Secretaria y el visto bueno de Alcaldía. |
Quién lo puede solicitar |
La persona
interesada o su
representante |
Documentación a aportar |
? Si viene la persona interesada deberá aportar el
documento original de su DNI o pasaporte o
documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de residencia o
NIE. ? Si viene el representante deberá aportar: - DNI o pasaporte o documento
de identidad que lo sustituya de su DNI, o en su caso permiso de residencia o
NIE del solicitante. - Original del documento que
acredite su representación. (Escrito
de representación) - Copia del DNI o
pasaporte o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso permiso de
residencia o NIE, de la persona interesada. ? Caso de solicitarlo por teléfono, los datos a
aportar y comprobar son: DNI dirección, nombre y dos apellidos (y se remitirá
el Certificado exclusivamente al domicilio que conste en padrón). |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento Herriko
Plaza, 1, Alegria-Dulantzi en horario de Lunes
a Viernes de 9:00 a 14:00. Por correo
postal: En las oficinas de
correos mediante correo
ordinario. Telemáticamente: Sede electrónica E-mail: aalegria.general@ayto.alava.net Para más información
llamar
al 945 420 027 |
Cuánto cuesta |
Gratuito |
Plazo del Procedimiento |
Telemáticamente: Al momento. Presencialmente o por correo: 1 día. |
Normativa aplicable |
Artículo 53 y siguientes del Real Decreto 1690/1986, Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº190 de 14 de agosto de 1986). Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local (BOE nº 80 de 3 de abril de 1985), art. 15 y siguientes |
Procedimiento tras la solicitud |
1.
Recoger y comprobar la
documentación
a aportar, en caso de ser correcta, escanear y registrar la solicitud. 2.
Realizar
el trámite de petición del certificado a través del sistema informático. |
Resumen de trámites posteriores |
1. Firmar el certificado de
empadronamiento individual o colectivo por Alcaldía y Secretaría. 2. Entregar el certificado de
empadronamiento individual o colectivo a la persona interesada. En caso de
solicitud telefónica o correo electrónico, se remitirá a su domicilio por correo
según procedimiento establecido por el Ayuntamiento. 3.
Archivar |
Quién lo aprueba |
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Departamento Municipal
Responsable de la tramitación |
Oficinas Generales |
Observaciones |
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