Anuncio aprobando la inaplicación de los artículos 95 y 96 del Udalhitz


El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada el día 10 de mayo de 2023, acordó la inaplicación de los artículos 95 y 96 del Udalhitz que se refiere a las primas por jubilación anticipada, motivada en informe jurídico aportado por Eudel que a su vez se apoya en la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, en particular la Sentencia del Tribunal Supremo número 421/2022, de 5 de abril (RC 850/2021).

Lo que se publica de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.6 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

El presente acuerdo, pone fin a la vía administrativa y contra el que puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación y, contra la resolución expresa de éste, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria del recurso.

En Alegría-Dulantzi, a 22 de mayo de 2023
EL ALCALDE
Fdo.: Joseba Koldo Garitagoitia Odria