SUBVENCIONES |
Solicitud de Subvención para Asociaciones Sociales-Culturales-Deportivas |
Qué es |
Concesión de
subvenciones con régimen de concurrencia, con objeto de contribuir al
desarrollo de iniciativas, programas y actividades de carácter
socio-cultural, deportivo y de promoción del Euskera que se desarrolla entre
el 1 de septiembre del año anterior y 30 de octubre del año de la
convocatoria. |
Quién lo puede solicitar |
Las asociaciones y clubes
deportivos sin ánimo de lucro, debidamente registrados en base a la Ley
7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi y en el registro de
asociaciones municipal que tengan su sede en el municipio y cuyos programas o
actividades desarrolladas se realicen en el ámbito estrictamente municipal. Personas físicas
empadronadas en el municipio. |
Documentación a aportar |
Hoja de Solicitud debidamente
cumplimentada.
Fotocopia
DNI/NIE de la persona solicitante junto con el certificado del Secretario/a
de la asociación que certifique el poder de representación de la persona
solicitante así como la acreditación de que todos los datos aportados son
ciertos y NIF de la asociación. (Salvo que el solicitante sea la misma
persona que en la convocatoria anterior)
Acuerdo de la
asociación solicitando la subvención. (ANEXO I).
Fotocopia de
los estatutos en caso de haberse modificado los mismos.
Certificado
de estar al corriente en las obligaciones fiscales tributarias; en su defecto
se presentará una declaración jurada de estar al corriente en el pago de las
obligaciones fiscales y/o tributarias. (ANEXO II). Se podrá solicitar dichos
certificados si así lo cree conveniente.
Memoria
explicativa del proyecto realizado con índices de participación y valoración
de los resultados obtenidos, debiendo recogerse en la misma el carácter
inclusivo de la actividad, y que en la misma han participado los miembros sin
exclusión, y de forma especial en las actividades infantiles. En toda
competición oficial, hasta categoría infantil, se deberá cumplimentar una
ficha que luego deberá entregarse junto
con la memoria en la que aparecerán reflejadas las personas que han
participado y que servirá como comprobante de que no ha habido ningún miembro
excluido.
Balance
general de gastos e ingresos de la asociación.
Balance de
gastos e ingresos desglosados por cada actividad realizada en el periodo
subvencionable.
Facturas
originales. En caso de importes inferiores a 50 euros otros documentos de
valor probatorio del gasto.
Justificantes
del pago de las facturas aportadas correspondientes a gastos superiores a 200
euros.
Si existen
gastos de personal o las asociaciones presentes facturas con retención de
IRPF se deberá justificar el abono de las retenciones a la Diputación Foral
remitiendo copia del modelo 190.
Declaración
jurada referida a la solicitud y obtención o no de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad
procedentes de cualesquiera administración, organismo o entes públicos. En el
caso de haberse obtenido alguna otra subvención deberá indicarse la cantidad
recibida y la administración otorgante, debiendo presentar, así mismo,
justificante que certifique la veracidad de dichos datos. (ANEXO III).
Certificación
expedida por la entidad bancaria que conste número de cuenta y titularidad de
la misma, que debe ser ostentada por la asociación, en supuesto de cambio de
cuenta bancaria.
Justificación
de la publicidad dada a la colaboración del Ayuntamiento de Alegría-Dulantzi. |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento Herriko
Plaza, 1, Alegria-Dulantzi en horario de Lunes
a Viernes de 9:00 a 14:00. Por correo
postal: En las oficinas de
correos mediante correo
ordinario. E-mail: aalegria.general@ayto.alava.net
Para más información
llamar
al 945 420 027 |
Cuánto cuesta |
Gratuito |
Plazo del Procedimiento |
Presentación de solicitudes
en el plazo del 1 al 30 de octubre de cada año. Máximo de seis meses desde
la publicación de la convocatoria. |
Normativa aplicable |
Art. 25 de la
Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. Art.9 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre
General de Subvenciones. Ordenanza
general de Subvenciones. Ordenanza
especifica para la concesión de subvenciones de materia de Deportes, Euskera
y Cultura. Anualmente se publicaran las
bases
de convocatoria. |
Procedimiento tras la solicitud |
· Recoger, comprobar y, en caso de ser completa
inicialmente, registrar la documentación presentada, entregando copia de la
solicitud al interesado. |
Resumen de trámites posteriores |
·
Informe de propuesta del
técnico. ·
Informe de la
comisión informativa de preparación de los asuntos del pleno. ·
Resolución de
la Junta de Gobierno. ·
Notificación
a la persona interesada. Publicación en la página Web y Tablón de anuncios. |
Quién lo aprueba |
Junta de Gobierno. |
Departamento Municipal
Responsable de la tramitación |
Secretaría-Intervención |
Observaciones |
- El
importe de la ayuda nunca podrá superar el coste del concepto por el que se
concede. |