Licencias de parcelación y segregación (agrupación)


URBANISMO

Licencias de parcelación y segregación (agrupación)

Qué es

Autorizaciones administrativas, distintas, según tipo de suelo de carácter declarativo, que habilitan para la división o agrupación de solares, parcelas, fincas o terrenos.

Quién lo puede solicitar

La persona interesada o su representante.

Documentación a aportar

?      Solicitud de Segregación debidamente cumplimentada, expresando y describiendo la superficie total de la finca y la de la que se desea segregar.

?      Escritura de propiedad.

?      Proyecto de parcelación/ segregación redactado por técnico competente en soporte papel y soporte digital.

?      En el caso de agrupación de locales, recibo del IBI o referencia catastral.

Dónde se solicita

Presencialmente: En el Ayuntamiento Herriko Plaza, 1, Alegria-Dulantzi en horario de Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00.

Por correo postal: En las oficinas de correos mediante correo ordinario.

Email: aalegria.general@ayto.alava.net

Para más información llamar al 945 420 027

Cuánto cuesta

50,00 euros, que podrán ser abonados en metálico o mediante transferencia a los números de cuenta siguientes:

ES62-2095-3203-3310-9522-5636

ES16-3035-0051-1805-1001-1059

ES16-2100-3873-5902-0005-8987

ES70-0049-6838-9121-9000-6170

ES98-0182-5685-0902-0850-0214

ES73-3008-0199-7630-8183-5021

Plazo del Procedimiento

Plazo estimado: 1 mes

Plazo legal: 3 mes

Silencio administrativo: Negativo conforme a lo regulado en la Ley 8/2013 de 26 de Junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbana.

Normativa aplicable

-       Artículos 38, 40, 207 y siguientes de la Ley 2/2006 de Suelo y Urbanismo de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV nº 138 de 20/7/2006).

-               Planeamiento Urbanístico Municipal Vigente.

-               Ordenanza fiscal reguladora de Tasas por la prestación de servicios o realización de actividades municipales.

Procedimiento a seguir después de la solicitud

1.     Recoger, comprobar y, en caso de ser correcta,  registrar la solicitud junto con la documentación.

2.     Entregar copia de solicitud sellada a la persona solicitante como justificante.

3.     Remitir al área de Urbanismo para su tramitación.

Resumen de trámites posteriores

1.     Estudio y análisis de la solicitud y el proyecto, comprobando  su adecuación  a la normativa urbanística.

2.     En caso de ser preceptiva la emisión de informe por otras Administraciones Públicas afectadas, se comunicará la solicitud a éstas.

3.     Emisión de Informe Técnico.

4.     Resolución por la Alcaldía.

5.     Remisión a las Oficinas Generales para emitir la liquidación.

6.     Notificación a la persona interesada por las Oficinas Generales.

Quién lo aprueba

Junta de Gobierno

Departamento Municipal Responsable de la tramitación

Urbanismo

Observaciones

-        La licencia se entiende otorgada bajo condición suspensiva de presentación en el Ayuntamiento del documento público en el que se haya formalizado el acto correspondiente, ello dentro de los tres meses siguientes al otorgamiento de la licencia. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez y causa justificada. El transcurso del plazo y en su caso de la prórroga determinan la caducidad de la licencia previa audiencia a la persona interesada.