URBANISMO |
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Qué es
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Comunicación previa que faculta para la puesta en funcionamiento,
ampliación o reforma de una actividad o instalación pública o privada,
incluidas en el apartado B) del Anexo II de la Ley 7/2012, susceptible de
originar daños al medio ambiente, a las personas o a sus bienes, generar
riesgos de producir tales daños o causar molestias a las personas, según
relación dada en art. 55 de la Ley 3/1998, General de Protección de Medio
Ambiente del País Vasco, modificado por la Ley 7/2012 de 23 de abril. En caso de ser necesario realizar obras en el local, será necesario
tramitar la licencia de obra correspondiente. |
Quién lo puede solicitar |
La persona interesada o su representante. |
Documentación a aportar |
1. Escrito de Comunicación previa
de actividad clasificada debidamente cumplimentada. 2. Documentación técnica específica: a) Documentación técnica redactada y firmada
por técnico competente en soporte papel y en soporte digital, con propuesta
de medidas correctoras, que contendrá como mínimo: ? Memoria: Memoria descriptiva y ambiental de
la actividad y de las medidas implantadas para su desarrollo, incluyendo: - Descripción del local, superficies (útiles
y construidas) totales y parciales según usos, así como la posición del local
dentro del edificio, sus accesos y comunicaciones con el mismo. - Fotografía/as en color de la/s fachada/as. - Descripción de la Actividad (su objeto y
características técnicas propias de su desarrollo o proceso productivo,
maquinaria, combustibles, instalaciones higiénicas?) y de las medidas
implantadas para minimizar el posible impacto de la actividad en el medio
ambiente, las personas o sus bienes. - Descripción y características técnicas de
la maquinaria necesaria para el funcionamiento de la actividad y en su caso
de las instalaciones previstas para la ventilación y/o climatización del
local. - Antecedentes del local o actividad,
describiendo y especificando si es NUEVA, REFORMA O LEGALIZACION de una
actividad ya existente. - Justificación del cumplimiento del PGOU de
aplicación municipal (NNSS, Ordenanzas, Código Técnico de la Edificación CTE,
accesibilidad, Protección contra incendios, Normas sanitarias, etc.) - Aportación de las correspondientes
autorizaciones y puestas en servicio que se contemplan en las diferentes
normativas de seguridad industrial para aquellas instalaciones sometida a
reglamentos específicos (instalación eléctrica, instalación térmica,
instalación de gas, ascensor, etc.). ?
Planos: - Situación de la actividad (escala mínima
1:5000). - Emplazamiento en el que se señale la
ubicación exacta del local o edificio y lo relacione con el resto de la finca
(escala mínima 1:5000). - Plantas Acotadas: planos acotadas del
Estado Actual de todos los niveles que conforman el local, indicando. - Distribución y usos con cotas y superficies
de las distintas dependencias que componen el local (escala mínima 1:100),
así como justificación de cumplimiento de las normas de accesibilidad. - Instalaciones: ventilación, climatización,
maquinaria, protección de incendios, saneamiento, fontanería, electricidad,
(escala mínima 1:100). - Secciones acotadas, indicando alturas de
los espacios y usos, conductos, instalaciones, maquinarias (longitudinal y
transversal (escala mínima 1:100). - Sección trazada por su acceso y cotas de
rasante. - Fachada/s en estado actual y futuro (escala
mínima 1:100). - Otros planos de detalle precisos para la
actividad b) La certificación expedida por persona
técnica competente que acredite que la actividad y/o las instalaciones se
adecuan al proyecto constructivo o a la documentación técnica presentada y
que cumple con todos los requisitos ambientales, incluidos, en su caso, los
recogidos en la correspondiente declaración de impacto ambiental. c) Se deberá acreditar la cualificación
técnica, o habilitación profesional del Técnico que presenta el certificado,
en caso de que el mismo no venga visado por el Colegio profesional
correspondiente. d) Alta del Impuesto de Actividades
Económicas. e) Documento que acredite haber realizado el
pago del precio público correspondiente a 10,00 euros, salvo abono ?in situ?. f) Aportación de las correspondientes
autorizaciones y puestas en servicio que se contemplan en las diferentes
normativas de seguridad industrial para aquellas instalaciones sometida a
reglamentos específicos (instalación eléctrica, instalación térmica,
instalación de gas, ascensor, etc.) g) Autorización de la Junta Administrativa
correspondiente para el enganche del abastecimiento y saneamiento. |
Dónde se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento Herriko
Plaza, 1, Alegria-Dulantzi en horario de Lunes
a Viernes de 9:00 a 14:00. Por correo
postal: En las oficinas de
correos mediante correo
ordinario. Email: aalegria.general@ayto.alava.net Para más información
llamar
al 945 420 027 |
Cuánto cuesta |
Importe: 10,00 euros, que
podrán ser abonados en metálico o mediante transferencia al número de cuenta 2095-3203-33-1095225636 |
Plazo del Procedimiento |
Plazo estimado: al
momento |
Normativa aplicable |
? Artículos 55 a 66 de la Ley 3/1998, de Protección General del Medio
Ambiente del País Vasco (BOPV nº 59
de 27/3/1998) modificados en
parte por la Ley 7/2012 de 23 de abril. (BOE nº 116
de 15/05/2012). ·
Ordenanza Municipal
Reguladora de las Actividades clasificadas sometidas a comunicación previa y
Licencia de Actividad. |
Procedimiento tras la solicitud |
1. Comprobar, en
caso de ser correcta, recoger, escanear, y registrar la solicitud junto con
la documentación 2. Entregar copia
sellada de la solicitud a la persona solicitante como justificante. 3. Remitir al
Área de Urbanismo con copia a las Oficinas Generales. |
Resumen de trámites posteriores |
1. Recoger,
comprobar la documentación, y en caso de no aportar documento acreditativo
sobre el pago del impuesto cobrar. En caso de ser correcta y registrar la
solicitud junto con la documentación. 2. Entregar
copia sellada a la persona solicitante como justificante. 3. Remitir
al Área de Urbanismo. |
Quién lo aprueba |
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Departamento Municipal Responsable de la
tramitación |
Urbanismo |
Observaciones |
- Se aplicará al Listado de
actividades e instalaciones clasificadas sometidas a comunicación previa de
actividad Anexo II B) de la Ley 3/98 y el listado de actividades comerciales
y de servicios del Anexo del Real Decreto-ley 19/2012. -
Se advierte que el Ayuntamiento se reserva el derecho de realizar
las inspecciones que estime oportunas. |