OTRAS LICENCIAS
Y PERMISOS |
Licencia para tenencia de animales
potencialmente peligrosos |
Qué es |
Expedición de licencia para la tenencia de animales
potencialmente peligrosos. |
Quién lo puede solicitar |
Mayores de 18 años residentes en Alegría-Dulantzi o su representante. |
Documentación
a aportar |
?
Solicitud de licencia debidamente cumplimentada. ?
Escrito de
representación, en su caso. ?
DNI, pasaporte
o permiso de residencia de la persona
solicitante. ? 2 fotografía tamaño carnet. ?
Certificado
de capacidad física y aptitud psicológica expedido por un centro de
reconocimiento de conductores en los tres meses anteriores a la fecha de
solicitud. ?
Declaración
jurada de no haber sido sancionada. ?
Solicitud firmada
para que el Ayuntamiento pueda solicitar el certificado de
antecedentes penales. |
Dónde
se solicita |
Presencialmente: En el Ayuntamiento Herriko
Plaza, 1, Alegria-Dulantzi en horario de Lunes
a Viernes de 9:00 a 14:00. Por correo postal: En las oficinas
de correos mediante correo ordinario. E-mail: aalegria.general@ayto.alava.net Para más información
llamar
al 945 420 027 |
Cuánto cuesta |
60,00 euros. |
Plazo del Procedimiento |
Plazo estimado: 15 días
hábiles Plazo legal: 3 meses Silencio administrativo: negativo |
Normativa aplicable |
- Decreto 101/2004, de 1 de Junio sobre tenencia de animales. - Ley 50/1999, de 23 de Diciembre sobre tenencia de
animales potencialmente peligrosos. - Real Decreto 287/2002 que desarrolla la Ley 20/1999 de 23 de
Diciembre. - Ordenanza Municipal sobre la protección, tenencia y venta de animales. -
Reglamento
de Registro de Animales Peligrosos. - Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios
administrativos. |
Procedimiento a seguir después de la solicitud |
1. Recoger,
comprobar y registrar la solicitud junto con la documentación 2. Entregar copia
de la solicitud sellada a la persona solicitante como justificante. |
Resumen de trámites posteriores |
1 Pedir hoja de penales y efectuar su
correspondiente envío. 2 Recepción de respuesta del Registro Central
de Penales. 3 Decreto de Alcaldía emitiendo la correspondiente licencia o denegación, en su caso. 3. Notificación a la persona interesada y entrega
de carnet, en su caso. |
Quién lo aprueba |
Junta de Gobierno |
Departamento Municipal Responsable de la tramitación |
Secretaría- Intervención |
Observaciones |
-
Forma de pago: -
Transferencia bancaria en las
cuentas que aparecen en la liquidación de las tasas. -
Se renueva cada 5 años. |